Para acreditar una asignatura por Examen de Suficiencia Académica, el alumno deberá demostrar con evidencias documentales que previamente ha logrado los resultados de aprendizaje esperados de la asignatura.
El examen de suficiencia se deberá solicitar en al enviarle un correo electrónico a la Maestra Sandra Avina sandra.avina@anahuac.mx si no recibes una respuesta o confirmación dentro de las 48 horas siguientes, por favor levanta un ticket para escalar tu solicitud (¿Cómo levanto un ticket para recibir atención?)
Este examen deberá aplicarse antes de concluir la décima semana dentro del periodo ordinario semestral y en su caso, a juicio de la universidad, la tercera semana del periodo intersemestral.
Si el alumno reprueba el Examen de Suficiencia Académica, le contará como oportunidad, y deberá cursar la asignatura en modalidad ordinaria, no pudiendo inscribirla en el mismo periodo, ni presentarla en examen extraordinario sin haberla cursado previamente.
El alumno que solicite acreditar una asignatura por examen de suficiencia y no seleccione el curso habilitado para este efecto en el Sistema Integral Universitario (SIU) y/o no se presente al mismo, tendrá una calificación reprobatoria, con todos los efectos que esto conlleva.
Un alumno podrá acreditar por Examen de Suficiencia Académica, un máximo del 10% de los créditos totales de su plan de estudios y, previa autorización del Comité Rectoral, podrá aumentar este porcentaje hasta un 20%.
Para acreditar una asignatura por suficiencia, el alumno no debió haberla inscrito y cursado en modalidad ordinaria con anterioridad, ni debió haberla dado de baja después de la primera semana de cursos.
El alumno sólo tendrá una oportunidad por cada asignatura que intente acreditar utilizando esta modalidad.
No podrá intentarse acreditar más de tres asignaturas en un mismo periodo mediante Examen de Suficiencia Académica, ni tres asignaturas en un mismo periodo que tengan establecida alguna seriación entre ellas
La acreditación a través del Examen de Suficiencia Académica no aplica para:
Las asignaturas obligatorias del Bloque Anáhuac.
Los talleres y actividades formativas, con excepción de aquellos que formen parte del Programa de Colocación Avanzada.
Las asignaturas Practicum, ni las asignaturas integradoras.
Las asignaturas que por su particularidad están expresamente restringidas para esta modalidad.
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